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Libertad
de expresión y respeto a los
símbolos religiosos
Autor: Pedro María Reyes Vizcaíno Publicado
el 9 de octubre de 2007
Estos días
está teniendo lugar en Córdoba
una conferencia internacional de la OSCE para examinar el problema
de la intolerancia y la discriminación de musulmanes en
Europa. La preside el ministro español de Asuntos Exteriores
y asisten otros altos dignatarios y personalidades, entre ellos
el ex-presidente portugués Jorge Sampaio, que ocupa el
cargo de Alto Representante de la Alianza de Civilizaciones impulsada
desde el Gobierno español. En total han acudido representantes
de 56 Estados occidentales, además de delegados de la
Liga Árabe.
Ya se ve que la intolerancia
por motivos religiosos en Europa es un asunto
que preocupa en los foros internacionales. Pienso,
sin embargo, que sería más realista analizar la
intolerancia hacia todos los creyentes, no solo los musulmanes.
Vaya por delante que estoy de acuerdo en combatir la intolerancia
contra los musulmanes en Europa. Sin embargo, se pueden encontrar
otros tipos de intolerancia religiosa en nuestro continente.
De un tiempo a esta parte parece que se
está convirtiendo
en habitual entre ciertos artistas (novelistas, dramaturgos,
pintores, directores de cine, fotógrafos, etc.) el ultraje
de los símbolos religiosos cristianos. La dinámica
es tan habitual que ya todos sabemos predecir lo que va a ocurrir:
un artista exhibe una obra claramente injuriosa u ofensiva, los
Obispos protestan, muchos ciudadanos se manifiestan ofendidos
en sus sentimientos más profundos, se originan enconados
debates en los medios de comunicación, y la obra recibe
una propaganda gratuita que de otro modo no tendría pues
ocupa las primeras planas de la prensa durante varios días.
En medio del revuelo que se crea, el autor
invariablemente citará la
libertad de expresión como justificación última
de su derecho a exhibir su creación, a la vez que encontrará una
nueva ocasión para injuriar a los que se oponen a su derecho
pues son tachados de intolerantes, retrógrados u otras
lindezas similares. Generalmente el autor solo se quedará satisfecho
cuando afirma que la Iglesia Católica desea restaurar
la Inquisición.
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| Gárgola. Iglesia en St. Blasien (Alemania) |
Más importancia adquieren estos asuntos si consideramos
que la mayoría de las veces la creación artística
está subvencionada de un modo u otro con fondos públicos.
En estos casos, el debate se extiende a la cuestión del
respeto de los poderes públicos por los sentimientos religiosos
de los ciudadanos.
Sin ser exhaustivos, podemos recordar algunos
sucesos en lo que llevamos de año. En marzo se editaron dos libros de
fotografías con ilustraciones pornográficas de
Jesucristo, la Virgen María y algunos santos con el apoyo
de la Junta de Extremadura. Este verano el Getafe C.F. basó su
campaña publicitaria en la imagen de Jesucristo más
fiel al fútbol que a su misión redentora. El ayuntamiento
de Madrid subvencionó la exposición «Dios(es).
Modos de empleo». En Terrassa los llamados Amics de les
Arts realizan una parodia de una procesión mofándose
de Cristo y de los símbolos cristianos hasta llegar delante
de la catedral. En Ibiza el ayuntamiento cede un centro de exhibiciones
(una antigua iglesia que sigue siendo propiedad del Obispado,
para más humillación) para una exposición
con figuras obscenas y denigrantes de Jesucristo, Juan Pablo
II y la iconografía cristiana. En este caso las protestas
fueron tan firmes que la exposición no se celebró.
Ahora el polémico Leo Bassi anuncia que ha sido contratado
por los Ayuntamientos de Logroño, Mutxamel (Alicante)
y Barakaldo (Vizkaya), para exhibir un espectáculo que
denigra al Papa y a las doctrinas católicas, titulado La
Revelación.
Como se ve, en estas situaciones existe
un conflicto entre la libertad de expresión y el respeto a los sentimientos
de los demás, especialmente los que se refieren a los
símbolos religiosos. Se hace necesario, por lo tanto,
profundizar en el sentido de la libertad de expresión
y en el respeto a los símbolos religiosos.
La libertad de expresión está recogida en la
Constitución Española en el artículo 20,
1, que reconoce en sus puntos a) y b) los derechos a expresar
y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante
la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción;
también reconoce el derecho a la producción y creación
literaria, artística, científica y técnica.
Por su parte el apartado 2 del mismo artículo prohíbe
todo tipo de censura previa.
Pero este derecho tiene límites. El apartado 4 indica
que las libertades reconocidas en dicho artículo tienen
como límite el respeto a los derechos reconocidos en el
mismo Título, el derecho al honor, a la intimidad, a la
propia imagen y la protección de la juventud y la infancia.
Por su parte, la libertad religiosa está reconocida en
el artículo 16, es decir, el mismo título que la
libertad de expresión. Por ello, la libertad religiosa
actúa como límite de la libertad de expresión.
En el artículo 16, 1 también se reconocen límites
a la libertad religiosa: este derecho no tiene más límites
en sus manifestaciones “que la necesaria para el mantenimiento
del orden público protegido por la ley”. No se cita
el límite de las demás libertades reconocidas en
nuestra Carta Magna. En nuestro ordenamiento jurídico
la libertad de expresión y la libertad de creación
artística tienen como límite el derecho a la libertad
religiosa, no al revés. Quien afirme otra cosa parece
desconocer la Constitución Española.
También parece desconocer nuestro Código penal,
que en su artículos 525 sanciona con pena de multa de
ocho a doce meses a quienes “para ofender los sentimientos
de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente,
de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento,
escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen,
también públicamente, a quienes los profesan o
practican”.
En el derecho internacional cabe destacar
la Declaración
Universal de los derechos humanos proclamada por las Naciones
Unidas el 10 de diciembre de 1948. En el artículo 18 se
reconoce el derecho a la libertad religiosa, y en el 27 se declara
que toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural
de la comunidad y a gozar de las artes. Por su parte, el artículo
19 declara el derecho a la libertad de expresión. En todo
caso, los derechos proclamados en esta Declaración tienen
límites establecidos por la ley “con el único
fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos
y libertades de los demás” (artículo 29).
Por lo tanto, cualquiera puede creer lo que desee, y sus creencias
han de ser respetadas. La libertad de creación artística
tiene como límite el respeto a las creencias religiosas
de los demás.
Los artistas, como todos los ciudadanos,
están sometidos
al imperio de la ley. No se encuentra ninguna justificación
legal para proclamar una libertad ilimitada de la creación
artística o de la expresión. En un Estado de derecho
no puede haber un sector profesional que se declare por encima
de la ley o que se arrogue libertades sin límites, como
si los demás ciudadanos estuvieran obligados a aguantar
todo lo que a ellos se les ocurra en el ejercicio de su profesión.
A los católicos españoles les duele ver que en
su país los poderes públicos no intervienen para
evitar las manifestaciones de falta de respeto a sus creencias.
Si además es el Estado (o el Ayuntamiento o la Comunidad
Autónoma) quien apoya financieramente la obra artística
irrespetuosa, los creyentes se sienten frustrados. Salta a la
vista el agravio comparativo con la reacción del Gobierno
español ante la discriminación que sufren los musulmanes
en Europa.
El 24 de abril de 2003 la Comisión de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2003/54
sobre eliminación de todas las formas de intolerancia
religiosa. En ella se pide a los Estados a que velen para que “en
el desempeño de sus funciones oficiales, todos los funcionarios
públicos y agentes del Estado, incluidos los agentes del
orden, los militares y los docentes, respeten las diferentes
religiones y creencias” (n. 4, f). En España algunas
administraciones públicas apoyan económicamente
a quien insulte a la religión. Me gustaría ver
la cara que pondrían en la Comisión de Derechos
Humanos de las Naciones Unidas si examinan el caso español.
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"Los
artistas, como todos los ciudadanos, están sometidos
al imperio de la ley. No se encuentra ninguna justificación
legal para proclamar una libertad ilimitada de la creación
artística o de la expresión. En un Estado
de derecho no puede haber un sector profesional que
se declare por encima de la ley o que se arrogue libertades
sin límites". |
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