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Los
asuntos económicos de la Iglesia
Autora: Lourdes Ruano
(publicado en "Alfa y Omega", nº 404, Madrid 27
de mayo de 2004, pág. 27).
El Código de Derecho Canónico reconoce
que la Iglesia tiene el derecho de exigir a los fieles los bienes
que necesita para sus propios fines, así como el deber
que tienen los fieles de ayudar a la Iglesia en sus necesidades.
De la publicación Nuestra Iglesia, de la Conferencia Episcopal
Española, extraemos este artículo de Lourdes Ruano,
acerca del sostenimiento económico de la Iglesia
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Torre de Tenorio.
Palacio Arzobispal.
Alcalá de Henares (España) |
La Iglesia es una comunidad o sociedad espiritual,
instituida por Cristo para unos fines también espirituales,
pero está constituida y ordenada como sociedad que vive
y camina inmersa en este mundo. No es de extrañar, por
tanto, que la Iglesia necesite de medios materiales para poder
cumplir la misión que le es propia. Las primeras comunidades
cristianas eran bien conscientes de ello. Ya en los Hechos de
los Apóstoles encontramos textos que describen cómo
los cristianos ponían sus bienes en común para el
sustento de los ministros de la Iglesia y la atención a
los necesitados. En la actualidad, vivimos inmersos en la llamada
sociedad del bienestar, absolutamente consumista, pero los fieles
que integramos la Iglesia somos muy poco o nada conscientes de
las necesidades económicas de la misma, y de la obligación
moral y hasta jurídica que tenemos de contribuir a sus
necesidades.
El Código de Derecho Canónico reconoce,
en el canon 1260, que la Iglesia tiene derecho nativo de exigir
a los fieles los bienes que necesita para sus propios fines, y
el canon 222 § 1 establece el correlativo deber que tienen
los fieles de «ayudar a la Iglesia en sus necesidades, de
modo que disponga de lo necesario para el culto divino, las obras
de apostolado y de caridad y el conveniente sustento de los ministros».
Sin embargo, en España la Iglesia católica es la
única confesión religiosa que no es capaz de autofinanciarse.
No dudo de que ello se debe a la falta de una conciencia clara,
en los que formamos parte de la Iglesia, de las necesidades materiales
de la misma, que precisan ser sufragadas.
La administración de los bienes
En otro orden de cosas, aunque el Papa es el supremo
administrador y distribuidor de todos los bienes eclesiásticos,
la administración concreta de los bienes de la Iglesia
corresponde a quien de manera inmediata rige, a la persona jurídica
a la que pertenecen, es decir, al obispo, en el caso de los bienes
diocesanos, o al párroco, en el supuesto de bienes pertenecientes
a la parroquia. Obispo y párroco tienen un deber de diligencia
en esta función de administración, que realizarán
con el necesario discernimiento a la hora de adquirir bienes,
obtener de ellos el máximo rendimiento, arrendarlos, etc.,
teniendo siempre en cuenta que los fines propios del patrimonio
de la Iglesia son «sostener el culto divino, sustentar honestamente
al clero y demás ministros, y hacer obras de apostolado
sagrado y de caridad, sobre todo con los necesitados».
Una economía saneada permitirá a
nuestra Iglesia sustentar honesta y dignamente a sus ministros,
realizar actos de apostolado, cumplir mejor la misión evangelizadora,
atender a los necesitados, y permitirá a las parroquias
disponer de adecuados salones y espacios celebrativos dignos.
También en este ámbito tiene aplicación la
nueva eclesiología del Concilio Vaticano II, que nos hace
responsables en la misión de la Iglesia, a todos los que
formamos el pueblo de Dios.
El IRPF, y la ayuda a la Iglesia
(Extraído del libro "Nuestra Iglesia")
Entre los hábitos cívicos que nuestra
vida democrática ha ido primero introduciendo y, después,
consolidando en la vida de los españoles está, sin
duda, la práctica de la contribución económica,
en la medida de las posibilidades reales de cada uno, al sostenimiento
del Estado. De este modo, a la par que se hace un ejercicio de
solidaridad y de participación, se garantiza el adecuado
servicio que las Administraciones públicas están
llamadas a prestar, de forma subsidiaria, a todos los ciudadanos
en multitud de campos, y que constituyen su verdadera razón
de ser. Como señalaba el Concilio Vaticano II, «la
libertad se vigoriza cuando el hombre acepta las inevitables obligaciones
de la vida social, toma sobre sí las multiformes exigencias
de la convivencia humana y se obliga al servicio de la comunidad
en que vive».
Al igual que en la vida civil todos somos beneficiarios
de los servicios públicos, en el ámbito religioso
los creyentes, y la entera sociedad, nos beneficiamos de los servicios
que la Iglesia presta, ya sea con su trabajo más directamente
evangelizador, o con su acción socio-caritativa y educadora.
La Declaración de la Renta, el IRPF, es
una buena ocasión para cumplir tanto con el Estado como
con la Iglesia. No se trata, como es sabido, de un nuevo impuesto
añadido, sino de decidir personalmente que una parte de
nuestra cuota impositiva se destine a financiar la gran labor
que realiza la comunidad católica en nuestro país.
Para ello basta que señalemos en el impreso de nuestra
declaración con una crucecita la casilla destinada a contribuir
al sostenimiento de la Iglesia católica. Realizar este
gesto cada año se convierte para los católicos no
sólo en el cumplimiento de un deber –el de ayudar
a la Iglesia en sus necesidades–, sino también en
el signo de un compromiso público y social de la fe que
se profesa.
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La Iglesia es una comunidad o sociedad espiritual, instituida
por Cristo para unos fines también espirituales, pero está
constituida y ordenada como sociedad que vive y camina inmersa
en este mundo. No es de extrañar, por tanto, que la Iglesia
necesite de medios materiales para poder cumplir la misión
que le es propia.
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