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El Consistorio de los Cardenales
Artículo relacionado:
El colegio de Cardenales
de la Santa Iglesia Católica.
En la época imperial de Roma el término
consistorio (del latín con-sistere,
estar juntos, asistir juntos) era utilizado para indicar el consejo
sagrado de los emperadores. Con el tiempo llegó a significar
el senado del pontífice romano, "la asamblea de los
cardenales en consejo alrededor del Papa" (Inocencio III,
1212
El origen del consistorio pontificio está
unido al clero romano y corre paralelo con el
Colegio de Cardenales. Al antiguo presbiterio
romano pertenecían diáconos -encargados de las temporalidades
eclesiásticas de los diferentes barrios de Roma-, sacerdotes
que encabezaban las principales iglesias de la ciudad, llamadas
tituli (al menos durante el s. VIII), y obispos de las diócesis
vecinas a Roma. Los actuales cardenales han sucedido a los miembros
del antiguo presbiterio, no únicamente en lo relativo a
su estructuración en tres órdenes (obispos, presbíteros
y diáconos) con algunas funciones algo distintas, y sobre
todo, como asistentes del Papa en la administración de
los asuntos de la Iglesia.
Desde los tiempos más remotos de la cristiandad,
los papas acostumbraban a estudiar con el presbiterio
romano los asuntos que afectaban a la Iglesia romana
y universal. Durante varios siglos, sin embargo, el presbiterio
de Roma no constituyó el senado de los papas con exclusión
del resto del clero, al menos en lo tocante a asuntos de mayor
importancia. Tales asuntos eran discutidos y decididos en el Concilio
de Roma, el cual, si bien admitía al clero romano en cierta
medida, era conformado principalmente por los obispos convocados
por el Papa de todas partes de Italia, así como por los
obispos que acertasen a estar en Roma en ese momento. Tales concilios
fueron muy frecuentes hasta el inicio del siglo XII. De ahí
en adelante, los papas los convocaron con menor frecuencia, dada
la dificultad inherente al incremento de los asuntos que exigían
su atención. En vez de eso, los papas trataban los asuntos
con la colaboración de los cardenales romanos,
quienes para entonces habían crecido en dignidad e importancia,
toda vez que para la elección del Papa ya recaía
en ellos exclusivamente. Así fue como el Colegio de Cardenales,
reunido en consistorio, llegó a ser el principal órgano
que ayudaba al Papa en el gobierno supremo y universal de la Iglesia.
Al principio se llevaban al consistorio asuntos
tanto de carácter jurídico como administrativo.
Con el paso del tiempo, los primeros fueron transferidos al Tribunal
de la Rota Romana.
El vigente Código de Derecho Canónico,
en su canon número 353, habla de los Consistorios:
Canon 353 §1
Los Cardenales ayudan todos ellos colegialmente al Pastor supremo
de la Iglesia, sobre todo en los Consistorios, en los que se
reúnen por mandato del Romano Pontífice y bajo
su presidencia; hay Consistorios ordinarios y extraordinarios.
§ 2
Al Consistorio ordinario se convoca al menos a todos los Cardenales
presentes en la Urbe para consultarles sobre algunas cuestiones
graves, pero que se presentan sin embargo más comúnmente,
o para realizar ciertos actos de máxima solemnidad.
§ 3
Al Consistorio extraordinario, que se celebra cuando lo aconsejan
especiales necesidades de la Iglesia o la gravedad de los asuntos
que han de tratarse, se convoca a todos los Cardenales.
§ 4
Sólo el Consistorio ordinario en el que se celebran ciertas
solemnidades puede ser público, es decir, cuando, además
de los Cardenales, son admitidos Prelados, representantes diplomáticos
de las sociedades civiles y otros invitados al acto.
Como se ve, en la actualidad hay dos
tipos de consistorios: secretos u ordinarios y públicos
o extraordinarios. También se puede considerar otro tipo
de consistorio, el Consistorio semipúblico.
Consistorio secreto
Se llama así porque nadie fuera
del Papa y los cardenales puede estar presente en sus
deliberaciones.
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| Un Cardenal celebrando la Misa |
Antiguamente se acostumbraba que en el momento
de su entrada a la sala del consistorio, el Papa conferenciaba
en particular con cada uno de los cardenales acerca de los asuntos
que ellos quisieran comentar con él, y una vez que terminaba
esta audiencia los nobles y otros prelados eran excluidos del
salón. Hoy día esta audiencia está suprimida.
Actualmente el Consistorio secreto se convoca
casi exclusivamente para crear nuevos Cardenales. El consistorio
secreto muchas veces se inicia con un discurso o alocución
en el que el Papa revisa las condiciones de la Iglesia en general
o la de algún país en particular, dando las indicaciones
pertinentes. Tales alocuciones son posteriormente hechas públicas
para que todos la conozcan.
Al final de la alocución se lleva a cabo
la creación de nuevos cardenales. El Papa
anuncia los nombres de aquellos a quienes desea elevar al cardenalato
y pregunta su opinión a los cardenales. Estos se quitan
sus solideos en señal de aprobación e inmediatamente
procede el Papa a hacer la designación oficial. En ese
momento los cardenales electos reciben el anillo cardenalicio
de manos del Papa y se les asigna alguna iglesia titular o diaconía.
También se procede, en el caso de Cardenales antiguos,
a ejercer ciertas formalidades del Colegio de Cardenales: sobre
todo, a ejercer el derecho de pasar de una iglesia titular a otra
y ascender del orden de los cardenales diáconos y presbíteros
al orden de los presbíteros u obispos, respectivamente.
Es en el ámbito del Consistorio secreto
cuando el Papa elige al cardenal camarlengo y
al vicecanciller de la Santa Iglesia Romana,
y realiza la ceremonia de "cerrar" y "abrir"
la boca de los nuevos cardenales. A ese consistorio pertenecen
también los nombramientos de obispos, arzobispos y patriarcas,
la transferencia de dichos dignatarios a otras sedes episcopales,
el nombramiento de coadjutores, la creación de nuevas diócesis,
y la división o fusión de diócesis previamente
existentes.
Pero en el consistorio propiamente dicho no se
discuten los detalles. Todas las consultas previas que deben realizarse
para que el Papa pueda tomar decisiones prudentes se llevan a
cabo en otra reunión, llamada consistorial. Durante el
consistorio el Papa sólo hace
pública su decisión. Los nombramientos
de obispos a las sedes de algunas diócesis se hacen a través
de un breve, fuera del consistorio. Tales nombramientos son meramente
promulgados en el consistorio. Al final del consistorio se permite
la entrada de los llamados promotores, quienes con la formalidad
del caso, solicitan el palio para los recién nombrados
arzobispos. Su petición es aprobada inmediatamente, y la
ceremonia de imposición del palio tiene lugar posteriormente.
El consistorio público
Se llama así porque son invitados a él
algunas personas ajenas al Colegio de los Cardenales,
tales como auditores de la Sagrada Rota y otros prelados. Algunos
laicos, que previamente han solicitado participar, también
pueden estar presentes. Antiguamente era en este consistorio donde
el Papa solía recibir a reyes, príncipes y embajadores,
pero ya no existe esa costumbre.
Es en el consistorio público donde el Papa
celebra la ceremonia de entregar el capelo cardenalicio
a los cardenales recién electos.
Además, es en el Consistorio público
donde los promotores consistoriales defienden las causas
de beatificación y canonización. Esas defensas
son de dos tipos. En la primera, se solicita permiso para que
pueda ser introducido, continuado o terminado el proceso ordinario
de beatificación o canonización. La segunda se refiere
exclusivamente a las causas de canonización.
De acuerdo a la costumbre de la Santa Sede, incluso
después de que se ha probado con certeza que los milagros
requeridos para una canonización se han realizado por intercesión
de una persona declarada beata, no se decreta que se le den a
ésta honores propios de un santo sino hasta que la cuestión
de si se le debe canonizar haya sido tratada en tres consistorios:
secreto, público y semipúblico. En el consistorio
secreto el Papa les pregunta su opinión a los cardenales,
quienes responden individualmente placet o non placet (a favor
o en contra). En el consistorio público alguno de los promotores
consistoriales hace un alegato a favor de la causa y un prelado
responde en nombre del Papa, invitando a todos a orar para que
el Papa reciba luz al respecto. El voto final se lleva a cabo
en el consistorio semipúblico.
Artículo relacionado:
El proceso de beatificación
y canonización.
El consistorio semipúblico
Se llama de ese modo porque además de los
cardenales, también toman parte en él algunos
obispos. A este consistorio son convocados todos los
obispos que residen dentro de un radio de cien millas de Roma,
y se envían invitaciones a los demás obispos de
Italia. Además, todos los obispos, arzobispos y patriarcas
titulares que estén en Roma en ese momento, también
pueden estar presentes.
Una vez que todos los Padres han expresado su
opinión al respecto, el Papa clausura la asamblea con un
discurso referente a la próxima canonización.
En lo tocante a los tiempos para celebrar
los consistorios, ha quedado en desuso la antigua práctica
de convocarlos en intervalos prefijados y hoy día se reúnen,
dependiendo de la ocasión, según los deseos del
Papa.
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