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Unos padres bautizados o católicos que no están casados, o que están casados por lo civil o civilmente, o divorciados y vueltos a casar, ¿pueden bautizar a sus hijos?
 
Para poder bautizar a un niño, la Iglesia requiere que los padres, o uno de ellos al menos, pida el bautismo para su hijo, y que haya esperanzas fundadas de que va a recibir educación cristiana. No pide que los padres sean coherentes con la fe en que han sido bautizados. La razón es que no se quiere privar al hijo de la fuente de la gracia, puesto que él es siempre la parte inocente. Sin embargo, puede que en alguna diócesis haya normas propias. Se recomienda leer el artículo Requisitos que se piden a los padres que solicitan el bautismo de su hijo

¿Dónde puede celebrarse el bautismo de un niño? ¿Puede celebrarse en una casa particular?
 
Como norma común, el bautismo debe celebrarse en la iglesia parroquial propia; puede celebrarse en otra iglesia u oratorio. Con permiso del Ordinario del lugar o en caso de necesidad, puede celebrarse en una casa particular. Estos casos y otros similares se describen en el artículo El lugar de celebración del bautismo

¿Quién puede ser padrino de un niño? ¿Puede ser padrino una persona no bautizada o no confirmada?
 
El derecho de la Iglesia Católica establece que, ordinariamente, se designe un padrino a quienes se vayan a bautizar. Dadas las graves funciones que el padrino ha de cumplir, el Código de Derecho Canónico establece unos requisitos, que tienen como finalidad -por el bien de quien se va a bautizar- asegurar que sea capaz de cumplirlas. Esta cuestión se desarrolla con mayor amplitud en el artículo Los padrinos del bautismo en el derecho canónico.
 
Si un católico se encuentra en un país protestante u ortodoxo, ¿puede comulgar o confesarse? O al contrario, ¿puede comulgar o confesarse  en la Iglesia Católica un ortodoxo o un protestante o un testigo de Jehová?
 
La posibilidad o no de acceder a los sacramentos o compartir otros bienes sagrados entre fieles de diversas confesiones, se denomina communicatio in sacris. La regla general es que no es posible la communicatio in sacris. Tiene su fundamento en que antes que la utilidad personal de cada uno, o su conveniencia, cada cristiano debe mirar por el bien comun, que en este caso es mostrar la unidad de los cristianos, y si los fieles o el ministro no pertenecen a la Iglesia Católica, la unidad no existe. El derecho canónico, sin embargo, señala unas excepciones, para atender los casos de necesidad verdadera y auténtica. Están descritas en el artículo La communicatio in sacris

Cuando un fiel va a la iglesia a encargar una Misa, el sacerdote pide una cantidad de dinero. ¿Puede hacerlo? ¿La Iglesia permite que los sacerdotes pidan dinero por decir o celebrar una Misa?
 
Los sacerdotes ciertamente pueden pedir dinero cuando se les encarga una Misa, pero no es propiamente por celebrar la Misa, sino que lo hacen por ofrecerla por la intención que indique el que la encarga. Por lo tanto, es exacta la afirmación de que la Iglesia no permite pedir dinero por celebrar la Misa sino por ofrecerla. Además, ha dado unas normas estrictas para evitar hasta la apariencia de comercio. Estas cuestiones y otras conexas están descritas en el artículo Los estipendios en la Misa

Si en una iglesia el sacerdote ofrece, en un día de fiesta dar la absolución a todos, ¿vale igual que la confesión? ¿Existen dos modos de confesarse, que el católico puede escoger, que son confesarse individualmente con un sacerdote, o ir donde den la absolución a todos los que están presentes?
 
Ante las necesidades del mundo contemporáneo, la Iglesia ha aprobado la absolución general o colectiva, que el sacerdote puede impartir sin que haya confesión previa de los pecados. Esta posibilidad está prevista para situaciones de peligro inminente de muerte u otros casos verdaderamente excepcionales. Para que esta absolución sea válida, se piden, además, unos requisitos que deben cumplirse: entre estos requisitos los hay subjetivos, del fiel que recibe la absolución. Para más información, se puede consultar el artículo Requisitos para impartir la absolución general

¿Puede confesar cualquier sacerdote a cualquier persona en cualquier lugar del mundo? ¿Qué requisitos hacen falta para que un sacerdote tenga licencias o facultades para confesar en todo el mundo?
 
Para poder confesar válidamente es necesario tener facultades ministeriales, válidas para el fiel que recibe la confesión. En la legislación canónica actual, cumpliendo ciertos requisitos, la Iglesia concede a cualquier sacerdote la facultad de oír habitualmente confesiones en todo el mundo. Para consultar los requisitos de esta concesión y más detalles sobre las facultades de recibir confesiones, véase el artículo La facultad de oír habitualmente confesiones

¿Qué ayuno y abstinencia manda la Iglesia? ¿Por qué es necesario no comer carne los viernes de cuaresma, si uno cumple con la Iglesia si se abstiene de carne, pero come pescados o alimentos caros, como el marisco?
 
La Iglesia establece unos días de penitencia y ayuno para ser fiel al mandato del Señor, que indicó a los cristianos que hicieramos penitencia. Por eso la Iglesia Católica manda unas normas mínimas de penitencia en las que todos los católicos nos unimos, pero cada persona ha de hacer la penitencia que estime necesaria en conciencia. Ciertamente a veces no es sacrificio abstenerse de carne, pero en esos casos se debe tener en cuenta el valor de la obediencia: también es una obra de penitencia la obediencia. Se sugiere consultar el artículo  La obligación de guardar ayuno y abstinencia los días de penitencia

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