Ius Canonicum - Derecho Canónico - Entrevistas y artículos

Mons. Monterisi: “La prelatura personal, una figura que enriquece la comunión de la Iglesia”

el . Publicado en Entrevistas y artículos sobre el derecho canónico

Acaba de comenzar el 25º año de vida de la prelatura del Opus Dei. Con ocasión de este aniversario, el arzobispo Francesco Monterisi responde a algunas preguntas. Mons. Francesco Monterisi es Secretario de la Congregación para los Obispos, el dicasterio vaticano del que dependen las prelaturas.

Excelencia, Juan Pablo II erigió la Prelatura del Opus Dei el 28 de noviembre de 1982. ¿Cuáles son, en su opinión, los frutos que las diócesis pueden esperar de una configuración jurídica de este tipo?

A pocos meses del 25º aniversario, ya se puede comenzar a hacer balance del trabajo que los miembros de la prelatura han llevado a cabo en este periodo. El Siervo de Dios Juan Pablo II, en un discurso de hace cinco años, recordó que la pertenencia de los fieles laicos tanto a su propia diócesis como al Opus Dei “hace que la misión peculiar de la prelatura confluya en el compromiso evangelizador de toda Iglesia particular”.

¿Cuál fue el motivo que llevó a Juan Pablo II a recurrir por vez primera a la figura conciliar de la prelatura personal, erigiendo como tal precisamente el Opus Dei?

Para responder a esta pregunta habría que comenzar por describir cómo aparecía el Opus Dei a los ojos del Santo Padre y de la Iglesia en el momento en que se planteó la necesidad de su reconocimiento por parte de la Santa Sede.

El Opus Dei, que nació en 1928 en el corazón y en la mente de San Josemaría Escrivá, era una obra apostólica nueva, original, con algunas particularidades que era preciso tener en cuenta a la hora de su reconocimiento en el ordenamiento jurídico de la Iglesia, es decir, en el Derecho Canónico. En efecto, había miles de fieles dispersos en diócesis de los cinco continentes que habían hecho propio el ideal de vida propuesto por San Josemaría, el ideal de responder a la llamada a la santificación y al apostolado en las realidades ordinarias de su vida. Estos fieles necesitaban una ayuda pastoral especial para alcanzar ese objetivo, y por consiguiente había un buen número de presbíteros que, según la inspiración del mismo fundador del Opus Dei, se habían sentido llamados por el Señor, como sacerdotes seculares, no como religiosos, a ejercer su ministerio entre estos laicos que buscaban la santidad en las realidades ordinarias. En fin, también se veía necesario confiar esta nueva realidad apostólica a la dirección de una persona, el prelado, que con sus colaboradores coordinase la vida y la acción del Opus Dei en todo el mundo. Estos son los elementos que condujeron a dar al Opus Dei la peculiar figura jurídica de la prelatura personal.

Basta leer la Constitución Apostólica Ut Sit, con la que fue erigido el Opus Dei en 1982, para darse cuenta de que la figura de la prelatura personal es la más adecuada para que el Opus Dei, tal como fue concebido por San Josemaría Escrivá a la luz de su profunda espiritualidad, pueda cumplir su misión en la Iglesia.

La ciencia canónica. Alegoría en la Universidad de Valladolid (España)¿Hay en la Iglesia otras prelaturas personales, además del Opus Dei?

Por ahora no. Pero nada impide que en el futuro puedan nacer otras: la Santa Sede las erigirá si tienen las características formales propias de este instituto jurídico, tal como ha quedado configurado en el ordenamiento de la Iglesia.

Tal vez su pregunta esté motivada por ciertas noticias publicadas en la prensa según las cuales el Arzobispo Emmanuel Milingo tendría la intención de crear una “prelatura personal” para su asociación de “sacerdotes casados”. Un proyecto semejante, desde el punto de vista del derecho canónico, sería un “monstruo jurídico”, no una prelatura personal, pues le faltarían varios elementos que en una prelatura personal son esenciales, como el fin pastoral específico, los fieles, etc. Por no hablar de los aspectos más lamentables del proyecto, que han apartado a Mons. Milingo de la “comunión” de la Iglesia: el abandono del celibato sacerdotal –un gran don de Dios a la Iglesia– por parte de quien lo ha asumido libremente “por el Reino de los Cielos”, la grave desobediencia al Santo Padre, el escándalo de los fieles.

Algunos creen ver en la figura jurídica de la prelatura personal un cierto status de “independencia”. ¿Qué hay de cierto en eso?

La figura de la prelatura no es una “fórmula de independencia”, como a veces se dice, sino justamente lo contrario. Es una respuesta concreta de la Jerarquía eclesiástica a una específica necesidad pastoral.

Cuando Juan Pablo II erigió la Prelatura, ni los fieles ni las actividades formativas del Opus Dei se hicieron “independientes” de la Jerarquía eclesiástica. Al contrario, la Jerarquía ha asumido la atención de esta realidad mediante un Prelado nombrado por el Papa. El Prelado tiene el encargo de guiar la prelatura en comunión con todos los obispos. Al mismo tiempo, está obligado a mantener el Opus Dei y todas sus actividades en comunión con el Santo Padre, “cum et sub Petro”.

La comunión con la Santa Sede se manifiesta en algunas obligaciones muy precisas, como la de presentar una relación quinquenal del estado de la prelatura, o la de mantener determinados contactos con los Dicasterios de la Curia Romana, y en particular con la congregación competente en lo relativo a la propia prelatura, es decir, la Congregación para los Obispos.

Por lo demás, los laicos del Opus Dei, por el hecho de ser miembros de la prelatura, en nada alteran su condición de fieles de sus diócesis. Es más, son aún más conscientes de su pertenencia a la Iglesia, comenzando por la Iglesia particular en la que viven y trabajan.

Los frutos apostólicos del Opus Dei benefician a las diócesis en las que los fieles de la prelatura residen: tantas veces ha sucedido, por ejemplo, que el apostolado personal de un fiel del Opus Dei da lugar a la conversión de un amigo, un colega o un pariente. El compromiso de los laicos del Opus Dei, su labor en actividades apostólicas y sociales, sus iniciativas, son un estímulo para otros fieles, y esto significa un crecimiento espiritual en la diócesis.

La experiencia de estos años de presencia de la prelatura del Opus Dei en tantas diócesis de todo el mundo confirma la realidad de un trabajo apostólico intenso en comunión con los obispos diocesanos. Esta comunión se concreta en modos y formas muy diferentes, pero la voluntad, por parte de la prelatura del Opus Dei, de sintonizar con todos los Obispos de las diócesis en las que está activa es siempre la misma.

En este sentido, se puede decir, a modo de conclusión, que la prelatura personal contribuye a enriquecer la comunión de la Iglesia.

¿En qué medida la figura jurídica de la prelatura del Opus Dei potencia el papel de los laicos?

El Opus Dei nació para favorecer el apostolado de sus miembros laicos en la vida ordinaria. Ya antes de la erección de la prelatura el Opus Dei se había desarrollado en todo el mundo y contaba con fieles laicos comprometidos en la puesta en práctica de este ideal en la vida familiar, en el mundo del trabajo y en las demás realidades de la vida cotidiana. La figura de la prelatura, del mismo modo que las demás figuras de circunscripciones eclesiásticas, permite –como dijo Juan Pablo II en el Discurso que he mencionado al responder a la primera pregunta– “la convergencia orgánica de sacerdotes y laicos” para el bien de la Iglesia y el progreso del Reino de Dios.

Fuente: página oficial del Opus Dei, 11 de diciembre de 2006.

Iuscanonicum - Derecho Canónico en la web  Avisos legales