Estos son los textos jurídicos de derecho universal que aborden los abusos sexuales a menores. La Santa Sede ha aprobado las siguientes leyes:
a) Motu propio Sacramentorum Sanctitatis Tutela, de San Juan Pablo II, de 30 de abril de 2001, por el cual se promulgan las Normas para los delitos más graves, entre los cuales está el abuso sexual.
b) Nuevas Normas sobre los delitos más graves, aprobada por Benedicto XVI el 21 de mayo de 2010, que actualiza el M.P. anterior.
c) Rescripto ex audientia de 3 de noviembre de 2014, por el que se constituye un Colegio para los delitos más graves en la Congregación para la Doctrina de la Fe.
d) Motu proprio Come una madre amorevole de 4 de junio de 2016, por el que se establece que es posible remover de su oficio a un Obispo si actúa con negligencia en las denuncias recibidas de abusos sexuales.
e) Motu proprio Vos estis lux mundi, promulgado por el papa Francisco el 9 de mayo de 2019. En él se establece un procedimiento para denunciar abusos de Obispos (rellena una laguna hasta ahora existente, el anterior M.P. establecía que el Obispo podía ser removido, pero no facilitaba un procedimiento para que un fiel denunciara a su Obispo), se tipifica el delito que en la prensa se ha llamado el encubrimiento, y se impone la obligación a las diócesis de elaborar en un año un sistema para que los fieles presenten informes relativos a estos delitos.
De este texto legal el Papa Francisco aprobó una nueva versión el 25 de marzo de 2023, que puede consultar en este enlace.
f) Rescriptum ex audientia de 3 de diciembre de 2019, por el que se introducen algunas modificaciones a las Normas de los delitos más graves. Además de dos cuestiones procesales, se establece que es delito «la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de dieciocho años por parte de un clérigo, de cualquier forma y por cualquier medio». Desde las Normas de los delitos más graves de 2010, esta conducta es delito si el menor del que se poseen imágenes es menor de catorce años.
g) Rescriptum ex audientia, de 6 de diciembre de 2019, por el que se promulga la instrucción sobre la confidencialidad de las causas. En esta norma se excluye del secreto pontificio a las causas de abusos sexuales.
h) Nuevo Libro VI del Código de Derecho Penal, aprobado el 23 de mayo de 2021.Se trata de la reforma del derecho penal de la Iglesia Católica, que -entre otros delitos- actualiza los tipos penales en esta materia. Lo puede descargar en esta web en dos formatos:
2. Versión en formato epub para lectores de libros electrónicos.
i) Nuevas Normas sobre los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, aprobadas el 11 de octubre de 2021, que sustituye a las anteriores de 2010, y que actualiza al derecho positivo reciente.
Además, algunos organismos de la Santa Sede aprobaron diversos documentos, como subsidio o ayuda a las diócesis:
a) Guía para comprender los procedimientos fundamentales cuando se trata de las acusaciones de abusos sexuales, de 2003, hechas públicas el 12 de abril de 2010.
b) Líneas Guía para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte del clero, como subsidio a las Iglesias particulares, aprobada por la Congregación para la Doctrina de la Fe el 3 de mayo de 2011. En este documento se establece la obligación de que las Conferencias Episcopales establezcan protocolos para proteger a los menores y ayudar a las víctimas a encontrar apoyo y reconciliación, y después en base a ellas, hicieran lo mismo las diócesis.
c) Guía para el procedimiento administrativo canónico en materia penal, aprobada por el Pontificio Consejo para los Textos Legales el 16 de noviembre de 2017, como subsidio para los procesos administrativos penales que se deban realizar en las diócesis.
d) Nota de la Penitenciaría Apostólica sobre la importancia del foro interno y la inviolabilidad del sigilo sacramental, de 29 de junio de 2019.
e) Vademécum sobre algunas cuestiones procesales ante los casos de abuso sexual a menores cometidos por clérigos, publicado por la Congregación para la Doctrina de la Fe e 16 de julio de 2020, como subsidio o ayuda para diócesis y eparquías y para juristas y demás personal a los que les interese al tratar estas causas. En esta web lo puede descargar en dos versiones:
2. Versión en formato epub para libros electrónicos.
f) Vademécum sobre algunas cuestiones procesales ante los casos de abuso sexual a menores cometidos por clérigos en pdf (v. 2.0). Se trata de una nueva versión del documento anterior, actualizada. Lo puede encontrar en estas dos versiones:
2. Versión en formato epub para libros electrónicos.
La Santa Sede estableció en las Líneas guía de 2011 que cada Conferencia Episcopal aprobara sus propias líneas guía secundando sus indicaciones. Y con ese documento, cada diócesis debería aprobar su propia línea-guía o protocolo para tratar las denuncias de abusos sexuales que llegaran.
Actualmente la mayoría de las Conferencias episcopales han aprobado sus Líneas guía, de acuerdo con la legislación canónica y la civil. En ellas se establece a obligación de denunciar a los sacerdotes que cometen delitos, según lo previsto en el derecho penal de cada Estado. También han hecho lo mismo muchas diócesis e institutos de vida consagrada.
Le pueden interesar además los siguientes artículos de nuestra web:
a) El delito canónico del abuso de menores cometido por un sacerdote.
b) El crimen de solicitación, cometido por un sacerdote durante la confesión sacramental.
c) El encubrimiento en el delito de abuso a menores.
d) El proceso de delitos más graves.