El repudio, crisol de civilizaciones

el . Publicado en Matrimonio y uniones de hecho

Mucho se ha escrito sobre la implantación en España de la Ley 13/2005 del matrimonio homosexual, pero el más certero bajonazo a la institución matrimonial se dio con la Ley 15/2005, que permite, tras tres meses de celebración del matrimonio, disolver el vínculo matrimonial tanto por acuerdo de los cónyuges como a petición de una de las partes sin invocación de causa alguna Es decir, se introduce en nuestra legislación el repudio unilateral.

Banderas. Alcalá de Henares (España)Si la luna de miel se ha prolongado algo más de lo habitual, los contrayentes pueden solicitar el divorcio a la vuelta. Esta monogamia sucesiva vertiginosa corre el riesgo de convertirse en poligamia en plena aceleración de sentimientos. La única relación estable e indefinida que existe en nuestra sociedad es la que vincula al ciudadano con su entidad financiera a través de la hipoteca. Si el contrato arrendaticio te permite un horizonte contractual de cinco años, el matrimonio puede extinguirse a los tres meses, lo que supone un plazo menor que la garantía establecida para el producto más fútil. Es más, la preparación de la boda puede durar más que el matrimonio.

La actual regulación de la institución matrimonial ha desplazado a las normativas autonómicas sobre uniones de hecho, que requieren en ocasiones mayores trámites que el matrimonio para consolidar los derechos que nacen de las mismas. El matrimonio, que etimológicamente significa tarea de madre, puede ser ya el resultado efímero de un capricho pasajero.

Si bien es verdad que en el año 2005 era posible encontrar en Europa algunos precedentes que regulaban los matrimonios entre homosexuales (Dinamarca, los Países Bajos y Bélgica habían aprobado ya leyes en este sentido), la Ley 15/2005 convierte a España en pionera, dado que en dicha Ley se contiene la normativa más radicalmente divorcista de todos los países de nuestro entorno.

La infidelidad u otros incumplimientos graves de las obligaciones conyugales, apenas sancionados en la Ley de 1981, quedan ahora sin sanción alguna. La España pendular vuelve a aparecer, pues hemos pasado en treinta años de penalizar el adulterio a fomentarlo.

En el fondo, el matrimonio ya ha dejado de ser un contrato, pues ha desaparecido la idea de permanencia y cualquiera puede incumplir las obligaciones adquiridas sin consecuencia ninguna.

Y esta regulación del matrimonio es tan progresista que conecta con algunas de las tradiciones más curiosas de algunos de los países más avanzados del mundo. En efecto, algún ayatolá, sabedor de la impaciencia de sus súbditos y de su incapacidad para esperar al festín de las huríes, ha legalizado subrepticiamente la prostitución en Irán. Su radicalismo no ha cristalizado esta vez, afortunadamente, en la brutalidad de la lapidación. Ha preferido, por el contrario, crear los registros civiles de guardia, esto es, oficinas públicas abiertas durante las veinticuatro horas del día, en las que se inscriben matrimonios que apenas duran unas horas. Algunas mujeres contraen matrimonio y son repudiadas varias veces a lo largo de la noche.

Ya tenemos un punto de conexión entre el libertino Occidente y el anquilosado Oriente, el repudio. El repudio debe convertirse en la piedra angular sobre la que asentar la alianza de civilizaciones y debe explicarse con profusión en las clases de Educación para la Ciudadanía, ya que es la opción preferida por nuestro legislador y la práctica habitual en las teocracias de nuestros hermanos musulmanes. Y ello sin olvidar su arraigo cultural, dado que podemos encontrar interesantes precedentes en las más bárbaras tradiciones del Imperio Romano.

Aunque, como no hay mal que por bien no venga, siempre podremos fomentar el turismo de las bodas y divorcios exprés y convertirnos en Las Vegas de Europa. Por ello, recomiendo vivamente a nuestros primeros ediles y demás próceres de la región que desempolven el disfraz de Elvis Presley. Una forma más de combatir la crisis.

Ángel Garcés Sanagustín es profesor de Derecho Administrativo en la Universidad de Zaragoza
Fuente: El Heraldo de Aragón, Zaragoza 9 de febrero de 2009

Artículo relacionado: El fracaso del divorcio en España y en Europa: anotaciones a la ley de 2005.

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