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La Instruccion Dignitas Connubii sobre los procesos de nulidad de matrimonio

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Ha tenido lugar del 24 al 26 de octubre de 2005, en la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra, el XXIV Curso de Actualización en Derecho Canónico, que este año ha tratado sobre las novedades introducidas por la Instrucción Dignitas Connubii. Han intervenido expertos -profesores y miembros de Tribunales eclesiásicos- de varios países.

Sentencias justas y rápidas

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Según Mons. Joaquín Llobell, referendario del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica y magistrado de la Corte de Apelación Civil del Estado Vaticano, "todo proceso de nulidad busca dos finalidades que parecen contradictorias: que sea justo, que haya justicia; y que se haga lo antes posible. Por esto, resulta injusto tanto prolongar o tardar mucho en elaborar o dictar una sentencia -en ocasiones 7 años- como llegar a desnaturalizar el proceso." Así lo afirmó Mons. Joaquín Llobell en la jornada de clausura.

El experto, también profesor de la Pontificia Universitad de la Santa Cruz (Roma), concretó que "en Estados Unidos no se tiende a demostrar la nulidad sino a mostrar que un matrimonio ha fracasado; así la media de los procesos es de tres meses. Pero la cuestión estriba en decir si en el momento en que se celebró fue nulo o no. Además, no basta asegurar que fue nulo, sino demostrarlo. Por esta razón, un proceso de nulidad lleva tiempo y es complejo". Además, señaló que "la sentencia de un Tribunal no es constitutiva, no rompe nada, es declarativa: dice lo que ya había, si un matrimonio fue o no nulo".

Monseñor Llobell subrayó que "la indisolubilidad del matrimonio -se vio claramente con Juan Pablo II- es de gran importancia para la vida de la Iglesia y de la sociedad. La Iglesia, por eso, quiere y está agilizando los procesos, pero lo que no puede es permitir que se cometan abusos y se llegue a desnaturalizar su carácter declarativo. Con la nueva Instrucción "Dignitas Connubii" se han logrado manifestaciones de agilidad, como la doble conformidad".

Al referirse a la formación de los jueces, indicó que deben tener capacidad, buena formación técnica y tiempo. "A veces, no es un problema de leyes sino de personas. Por esto, quizá, ante la falta de sacerdotes una solución posible es que se nombren jueces a personas laicas."

Comunión y nulidad matrimonial

El Sínodo de Obispos de octubre de 2005, centrado en la Eucaristía, ha tratado también las nulidades pues, según Joaquín Llobell, "hay un número elevado, que irá a más, de católicos divorciados vueltos a casar que no pueden comulgar al estar en pecado mortal. Para volver a comulgar existen las siguientes soluciones: separarse una vez que se han vuelto a casar; cuando existen motivos que desaconsejen el matrimonio, pero viviendo como hermano y hermana; y que el primer matrimonio se declare nulo: solución más solicitada, pero no sencilla."

"Además, no podemos pretender ser buenos cristianos y sacar adelante una relación matrimonial sin aceptar las exigencias que trae consigo, y de las que en ocasiones somos los responsables. Estas dificultades y sacrificios tienen su sentido -como explica Benedicto XVI-, y no implican la nulidad de un matrimonio. Un fracaso matrimonial no hace que ese matrimonio sea nulo. Así, no se soluciona este problema, sino que se crea uno mayor: la introducción del divorcio en la Iglesia."

La estabilidad matrimonial

Según el experto Javier Otaduy, profesor de la Universidad de Navarra "cabe el peligro de que todos los matrimonios parezcan nulos, cuando se pretende que el consentimiento matrimonial sea perfecto; así no queda ningún matrimonio válido porque ese consentimiento nunca existe. No hay hombres y mujeres perfectos. Si se saca de quicio la libertad y la responsabilidad que merece el acto de contraer matrimonio podemos no encontrar ninguno suficiente". Así lo aseguró el canonista Javier Otaduy, profesor de la Universidad de Navarra.

"La diferencia entre matrimonio nulo y divorcio es completa. Matrimonio nulo quiere decir matrimonio que no se constituyó, que en el momento en que se realizó tenía una grave anomalía que no le permitía nacer como matrimonio. El juez lo que hace es declarar esa nulidad. No disuelve nada. Son procesos de declaración de la nulidad. El divorcio no tiene nada que ver con esto como concepto: Es la ruptura del vínculo matrimonial por voluntad de las partes".

El canonista Otaduy consideró que en "Europa se llevan a los tribunales eclesiásticos aproximadamente una tercera parte de las causas que se presentan en Estados Unidos. Porque la estabilidad matrimonial quizá sea superior en Europa, pero la cultura del matrimonio y de familia está más viva en Estados Unidos".

Rupturas debidas a la pérdida del sentido del compromiso

Al hablar del aumento de las rupturas matrimoniales el especialista explicó: "Es muy importante la detección precoz. Cuando una ruptura es definitiva hay poco que hacer. Lo importante es resolver las pequeñas dificultades, o grandes, pero cuando están en situación de decepción, no de fracaso. Frecuentemente -continuó- se identifica hoy fracaso matrimonial con nulidad porque la gente no sabe muy bien lo que es una cosa y otra". Pero aseguró que también hay que tener en cuenta que "la felicidad es consecuencia de una vida de entrega y de virtud. Muchas rupturas se deben a esto, a que hemos perdido de vista el compromiso y la grandeza del peso de la vida".

Sobre el modo de evitar o disminuir el número de rupturas y nulidades matrimoniales comentó que no es lo mismo una ruptura que una nulidad. "Se trata de estimular una cultura de la unión y desprestigiar la ruptura. Así como está desprestigiada la violencia doméstica debería desprestigiarse la violencia contra el matrimonio", según el profesor de la Universidad de Navarra.

Al hablar de iniciativas legislativas que favorecen el divorcio rápido, aseguró: "Una ley que establece que el pacto matrimonial dura lo que decidan los contrayentes, cada uno por su cuenta, debilita y se ríe de los conceptos de matrimonio y de familia".

Puede consultar: Instrucción Dignitas Connubii.

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